INTERÉS GENERAL

Crimen de Lucio Dupuy: declararon culpables a la madre y su pareja

La madre de Lucio Dupuy, Magdalena Espósito Valenti y su pareja, Abigail Páez, fueron declaradas culpables en la ciudad pampeana de Santa Rosa por un tribunal que consideró asesinaron al niño de 5 años en noviembre del 2021, por lo que recibirán una pena de prisión perpetua.

La sentencia fue dictada pasadas las 12 por el Tribunal de Audiencias de La Pampa, que declaró a la madre del niño, autora material del "homicidio triplemente calificado por el ensañamiento, por la alevosía y por el vínculo", pero fue absuelta por el abuso sexual, mientras que los jueces entendieron que su pareja fue autora material del "homicidio calificado por ensañamiento y alevosía y por abuso sexual gravemente ultrajante" de Lucio.

@blick_news 📌Crimen de Lucio: La justicia determinó la responsabilidad por Homicidio a la mamá y su novia, y se espera conocer la pena el 13 de febrero #LucioDupuy #JusticiaporLucio #Lucio #infancias ♬ sonido original – Blick News

Si bien el tribunal no dio a conocer el monto de la pena que recibirán las condenadas, el delito que le imputaron a ambas estipula como única opción la pena de "prisión perpetua".

Las acusadas Espósito Valenti y Páez no estuvieron presentes en la sala de audiencias del Centro Judicial de Santa Rosa y escucharon la lectura del veredicto de manera virtual en su lugar de alojamiento, en el Centro de Detención de la provincia de San Luis.

Apenas finalizada la audiencia, el abogado querellante José Mario Aguerrido se manifestó ante los periodistas "sorprendido" por la absolución de Espósito Valenti del delito de "abuso sexual" y expresó que aguardará la lectura de los fundamentos de la sentencia para analizar y, luego, apelar.

LOS ALEGATOS DEL EQUIPO FISCAL

En los alegatos, el equipo de fiscales integrado por Walter Martos, Verónica Ferrero, Mónica Rivero y Máximo Paulucci, había acusado a la madre de Lucio por los delitos de "abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la ascendiente (progenitora), con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía".

Respecto a Páez, habían pedido que sea condenada por el "abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía".

El abogado querellante Aguerrido había pedido que las mujeres sean condenadas por los mismos delitos, pero que también se les impute el "odio de género", algo que los jueces tampoco hicieron lugar.

Seguí leyendo

Seguí leyendoINTERÉS GENERAL

Comments are closed.